Tribunal Agroambiental

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TRIBUNAL AGROAMBIENTAL ORDENA DIÁLOGO VINCULANTE, AUTORIZA OPERACIÓN PROVISIONAL DEL BOTADERO DE K’ARA K’ARA POR SIETE MESES Y DEJA SIN EFECTO LA PROHIBICIÓN DE INNOVAR

El Presidente del Tribunal Agroambiental, Magistrado Richard Cristhian Mendez Rosales, junto al Decano, Magistrado Victor Hugo Claure Hinojoza, informaron en conferencia de prensa que la Sala Especializada Primera del Tribunal Agroambiental ha emitido una resolución clave respecto al conflicto ambiental del Relleno Sanitario de K’ara K’ara del departamento de Cochabamba. Tras una revisión detallada del proceso, dispuso dejar sin efecto la prohibición de innovar dispuesta por la juez agroambiental, manteniendo el curso del proceso principal por responsabilidad por daño ambiental.

Asimismo, ordena a la Juez Agroambiental de Cochabamba instalar, en un plazo de 30 días, La Mesa de Diálogo y Participación Pública que deberá iniciarse dentro los treinta días a partir de su legal notificación y concluirá en un plazo máximo e improrrogable de 6 meses para sesionar y lograr el Acuerdo Integral de la problemática de la Basura en el municipio de Cercado del departamento Cochabamba y no afecte al Eje Metropolitano de los Municipios partícipes. Durante este periodo, las autoridades responsables deberán presentar ante la Juez Agroambiental los informes técnicos necesarios y de acuerdo al cronograma acordado en la Mesa Integral, sobre: a) Los temas abordados y los avances logrados en cada eje de discusión; b) La identificación de puntos de desacuerdo y las acciones propuestas para superarlos; c) El grado de participación y compromiso de cada uno de los actores convocados y los tomadores de decisión (actores involucrados); d) El plan de Cierre del Relleno Sanitario; todas estas medidas adoptadas deben ser de cumplimiento obligatorio, monitoreadas por la Juez Agroambiental, para garantizar el normal desarrollo del diálogo y la participación efectiva de todos los sectores e inclusive podrá requerir la ayuda de la fuerza pública.

De manera excepcional, se autoriza el funcionamiento provisional de la celda M2-3 por un plazo máximo de siete meses, tiempo en el cual deberá ejecutarse el cierre definitivo, la clausura y el saneamiento ambiental del botadero de K’ara K’ara, en Cochabamba. Esta autorización está condicionada de que, durante este periodo y como resultado prioritario de la Mesa de Diálogo, se establezcan y ejecuten mecanismos concretos e inmediatos para que las comunidades directamente afectadas colindantes o vecinas del relleno sanitario K´ara K´ara por la operación de dicho “Relleno Sanitario”, reciban una compensación justa, adecuada y verificable de cumplimiento, de acuerdo a los convenios suscritos y por el soporte continuo del daño ambiental y social, al haberse constituido una zona de sacrificio ambiental desde hace muchos años , conforme lo evidenciado y resultado de la revisión de los informes de la Contraloría General del Estado. La definición de los criterios, modalidades y responsables de esta compensación deberá ser uno de los primeros puntos a tratar y resolver en la Mesa de Diálogo.

La decisión reafirma los principios de protección ambiental, participación ciudadana y justicia socioambiental.